RESOLUCIÓN
Nº 1258
VISTO
Ia necesidad de dar normas referentes a la organización de celebraciones y
actos escolares; y
CONSIDERANDO:
Que
si bien en estos actos debe primar la creatividad de docentes y alumnos, es
preciso dar ciertas pautas ordenadoras
a los efectos de unificar criterios a tal fin;
Que
la escuela debe tender, a través de todos sus actividades, a lograr en
los alumnos un estilo de vida democrático, sencillo y austero;
Que
los alumnos deben lograr objetivos de aprendizaje en el ámbito cívico y social
a través de las vivencias que ocasionan
las conmemoraciones y actos patrios;
Que
también es conveniente desarrollar el
gusto estético a través de los números artísticos alusivos que se seleccionen
para ser interpretados en estas celebraciones, por los escolares;
Por
todo ello,
EL MINISTRO DE CULTURA y EDUCACION
AlC. DIRECCION
GENERAL DE ESCUELAS
R E S U E L V E :
Art. 1º.- Los actos escolares que según el Calendario Escolar vigente deben ser realizados según Forma 1 y 2, deberán responder a las siguientes pautas :
a)-Deberá reinar la sobriedad y la sencillez en todo
su desarrollo.
b)-Su duración no deberá exceder los treinta (30)
minutos, a excepción de aquellos en que por la concurrencia o visita especial
de autoridades escolares o gubernamentales al establecimiento en esa ocasión,
se haga necesario extenderlo, pero en no más de quince I (15) o veinte
(20) minutos
Art. 2º.-El
desarrollo del acto se deberá ajustar al orden que se especifica:
a)-Presentación de la bandera de ceremonias.
b)-Izamiento de la enseña patria (Canción Aurora).
c)-Himno Nacional Argentino.
d)-Palabras alusivas a cargo de directivos o un
miembro del personal.
e)-Participación de los alumnos con números alusivos.
Art. 3º.- Para el desarrollo de cada parte del acto se deberán
respetar los siguientes indicaciones:
a)-Los alumnos que porten la bandera deberán hacerlo
caminando en forma erguida, correcta y elegante, pero no marchando, ya que el
escolar es un civil y no un militar.
b)-El izamiento de la bandera y la entonación "del Himno Nacional Argentino se harán con el mayor respeto y guardando las formas estipuladas para ello.
c)-Las palabras alusivas deben ser cortas, sencillas y adaptadas fundamentalmente a la comprensión de los alumnos.
Deben hacer referencia al hecho que se conmemora y sobre todo tender a relacionarlo con el presente.
d)-La participación de los alumnos también debe ser
corta, sencilla y para ello se deben seleccionar textos o poemas de valor
literario adaptados a la fecha y deberán evitar las repeticiones memorísticas,
tratando de que la participación de los alumnos se haga a través de expresiones
espontáneas y creativas. No deberán exceder de dos (2) o tres (3) los números
alusivos. Si son bailes, cantos o dramatizaciones se deberán realizar sin
vestimentas especiales, utilizando en todo momento el guardapolvo
blanco.
Art. 4º.-Se exaltarán las virtudes cívicas y morales de los
próceres argentinos, como así también el ejemplo que nos han dejado y los
servicios realizados a la patria.
Art.5°.-
Cuando los alumnos de establecimientos escolares participen en desfiles o actos
fuera de la escuela, deberán hacerlo respetando lo indicado en el articulo 3°
de la presente resolución. -
Art.
6º.-Comuníquese, publíquese y
archívese en el Libro de Resoluciones.