Coordinación del Área de Género

Dra. Verónica Fresneda
Dra. Verónica Fresneda

Coordinadora Área de Género
Casa de Gobierno Primer Piso Cuerpo Central-
genero-dge@mendoza.gov.ar
Teléfono 2617687994

Tramitación de licencia por violencia de género

Para solicitar una licencia por violencia de género deberá contar con el formulario común de licencia, documentación que acredite la situación y envío de todo por correo electrónico a la Coordinación del Área de Género de la DGE. 

¿Quién realiza el trámite?

¿Quién realiza el trámite?

Esta licencia la tramitará la trabajadora que se encuentre en situación de violencia, ante la Coordinación del Área de Género.

¿Qué se necesita?

¿Qué se necesita?

En un primer período (de hasta 15 días): declaración jurada.
Extensión de los 15 días: denuncia policial o judicial , contacto con efector psicosocial del ámbito público o privado.

Procedimiento

Procedimiento

1- La requirente de la Licencia llenará el formulario correspondiente y lo hará firmar por su superior jerárquico, quien informará tal situación en el GEM, en el apartado de novedades, consignando “art. 50 a término”, sin indicación del inciso en virtud de resguardar la intimidad de la requirente.

2- La trabajadora, enviará mediante correo electrónico al mail genero-dge@mendoza.gov.ar el formulario escaneado, en forma completa y legible así como también la documentación acreditativa con la que contare.

3- Desde la C.A.G., habiendo tomado conocimiento de la licencia requerida, enviará un acuse de recibo a la trabajadora, así como también un listado de los efectores psicosociales con los cuales podrá ponerse en contacto para acceder a un abordaje integral relativo a la situación de violencia por la cual requiere licencia y constancia del número de expediente en el cual se llevara adelante su tramitación. 

4- La C.A.G., solicitará la formación de un expediente,  incorporará Dictamen y remitirá a Subdirección de Personal para la justificación de inasistencias o impuntualidades, y a Subdirección de Liquidaciones a los fines de no realizar ningún descuento.

Relativo a los plazos y documentación

Relativo a los plazos y documentación

Si solicitare licencia por un primer período correspondiente de hasta 15 días, será suficiente su declaración jurada, si no constare con más documentación.

En este supuesto la Licencia se otorgará de manera inmediata.

Este período sin exigencias de documentación, no podrá requerirse nuevamente dentro de los cinco (5) años posteriores a su otorgamiento, salvo situaciones excepcionales debidamente fundadas.

Si solicitare extensión de 15 días más, deberá acreditar:

haberse contactado con algún efector psicosocial del ámbito público o privado especializado en el abordaje de situaciones relativas a violencia de género, y/o haber realizado la denuncia, policial o judicial, o poseer alguna medida de protección vigente. ( En caso en que no cuente con la denuncia policial o judicial, la realizará la D.G.E., salvo que se encuentre desaconsejada por el efector psicosocial que la esté acompañando o voluntad expresa de la persona en situación de violencia en virtud de la autonomía de la voluntad de las víctimas).

En caso de requerir de ampliación de hasta 60 días más, la trabajadora deberá, además, acreditar fehacientemente, encontrarse acompañada por algún dispositivo psicosocial del ámbito público o privado, especializado en abordaje de violencia de género.

El plazo máximo de licencia es de 90 días, los que prima facie, no podrán ser renovados hasta dentro de los cinco (5) años de solicitado el primer período.