Información para docentes
Bono de Puntaje 2025
Inscripción de aspirantes para obtener el Bono de Puntaje de Secundaria
- Bono CEBJA 2026-2027
Junta Calificadora de Méritos de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, atendiendo a la apertura de la convocatoria de BONO CEBJA 2026/2027.
1- DISPOSICIONES GENERALES
• La documentación presentada para la emisión de Bono 2026 y 2027 se toma con carácter de Declaración Jurada, y cualquier omisión o falsedad en los datos será
plausible de sanción.
• La documentación únicamente se recepcionará por el sistema GEI, en el apartado BONO correspondiente (gestionar alta de usuario GEI PAD en
https://wikigem.mendoza.edu.ar/es/menu/docentes).
• Es responsabilidad exclusiva de cada docente arbitrar los medios necesarios para concretar la solicitud de Bono.
• La documentación presentada deberá ser escaneada del original, a color, legible en formato PDF. No se aceptará documentación ilegible, parcial, o que presente
correcciones, enmiendas, o raspaduras al documento de base.
• Para docentes de Primaria Común sin bono de Modalidad CEBJA – EPJA corresponderá ajustarse a la convocatoria de BONO POR PRIMERA VEZ, y obtendrá su
respectivo Bono 2026-2027.
• Los bonos podrán ser tramitados una sola vez por año, y pasada la convocatoria no se aceptará ninguna otra incorporación de documentación.
• El plazo para hacer reclamos por cualquiera de los bonos emitidos es de 10 días corridos a partir de la fecha de recepción. Los mismos deberán hacerse por RECLAMOS DE GEI. No se tomará como reclamo si el error proviene de la propia carga.
2- BONO PRIMERA VEZ
Esta solicitud conduce al otorgamiento de:
BONO CEBJA 2026, para el que se tabularán títulos debidamente registrados en oficina de Títulos y documentación de respaldo posteriores a la fecha de egreso (hasta 31/12/2025 inclusive).
BONO CEBJA 2027, para el que se tabularán títulos debidamente registrados en Área de Títulos y documentación de respaldo posteriores a la fecha de egreso – y hasta 31/12/2025 inclusive-).
Para docentes de Primaria Común sin Bono CEBJA – EPJA 2026-2027, únicamente se computaran títulos y antecedentes desde el año 2015 en adelante.
2.2 -DOCUMENTACION A INCORPORAR
2.2.1-CERTIFICACIONES PERSONALES
• DNI: actualizado (último, vigente) escaneado a color, anverso y reverso, con todos los datos legibles. No se aceptará captura de pantalla u otro registro indirecto
como copia fiel del original.
• Constancia de CUIL.
• Declaración Jurada de Cargos oficial.
• Certificado de Único Sostén de familia del año en curso -excluyente- (obtenido mediante MENDOZA X MI, PARTIDAS DIGITALES o RNP). Para mantener el puntaje
debe presentarlo en todas las convocatorias.
• Certificación como hijo/a de docente, respaldado con acta de nacimiento de cada aspirante, y bono de sueldo/certificación probatoria de padre/madre con un
mínimo de 10 años de antigüedad en la docencia del progenitor.
2.2.2- CERTIFICACIONES PERSONALES
• Títulos definitivos de Nivel Secundario y Nivel Superior que otorguen incumbencia al cargo que se postula, registrados en el Área de títulos de DGE
(gestionar por la aplicación MENDOZA POR MÍ). El registro oficial también es requisito excluyente para todo título que se presente para Bono o Antecedente.
• Certificaciones de Actualización, Especialización y Diplomatura de acuerdo con la Resolución 117/10 del CFE, con número de registro correspondiente en DGE y su
respectiva carga horaria:
– Actualización 200 o más h (0.5 ptos) Especialización 400 o más h (0.75 ptos)
– Diplomatura 600 h (1.00 ptos)
– En caso de no cumplir con la carga horaria estipulada se considerará como otro antecedente, según la certificación presentada.
– Se computará 1 (una) oferta de postítulo por año, en caso de presentar más de una se computará la que otorgue mayor puntaje.
• Cursos correspondientes al Nivel modalidad CEBJA-EPJA, y con fecha posterior al egreso de título de base.
Deben ser enviados en presentación individual, formato PDF, y escaneo a color. Se considerarán como cursos aquellos que posean número, año de Resolución y puntaje.
No se tomarán en consideración los cursos de PRECEPTOR, SECRETARIO ESCOLAR Y BIBLIOTECARIO, ya que en la modalidad de Jóvenes y Adultos emiten BONO DE PUNTAJE en las áreas 16, 17 y 18 en el Bono de Nivel Secundario
• Materias rendidas.
Materias Rendidas y aprobadas con sello y firma, con códigos QR o numéricos, correspondiente a la Institución, hasta el año 2025. -No se entregará puntaje con
libretas de notas y/o similar. Materias rendidas y aprobadas de carreras incompletas, de otras carreras terciarias y universitarias: se tomarán a año vencido, es decir, al 30/12/2025.
2.2.3- ANTECEDENTES
• Deberán corresponder al Nivel modalidad CEBJA-EPJA, y con fecha posterior al egreso del título de base. Deben ser enviados en presentación individual, formato PDF, y escaneo a color).
CONGRESOS, SIMPOSIOS Y FOROS
Si no específica se considerarán sin ponencia. Cuando en la certificación se superponen dos denominaciones se toma la de mayor
puntaje, ejemplo nacional y provincial.
ENCUENTROS, CONFERENCIAS Y JORNADAS
SERVICIOS
Se acreditarán solamente aquellos que correspondan a la modalidad CEBJA-EPJA con la certificación de servicio de GEI otorgada por la institución consignando en todos los casos fechas de inicio y finalización.
Los mismos deben estar debidamente certificados por el directivo, con firma y sello de la autoridad competente.
Se aceptarán servicios anteriores a la fecha de egreso del Profesorado.
Zona: según Decreto 250/18. Cuando el docente preste servicios en más de un establecimiento educativo en el mismo ciclo lectivo, se tomará el servicio del
establecimiento de mayor zona y de más de 30 días en la misma escuela.
La Declaración Jurada no acredita servicios.
IMPORTANTE
Si se detecta algún error en la inscripción de años anteriores se enmendara teniendo en cuenta que la validez del Bono es anual, según lo que determina la LEY N° 9003 “DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS”. Los reclamos de Bono de puntaje deben efectuarse a través de Sistema GEI.
- Bono CENS
Bono Electrónico 2018:
- Debe ingresar en: http://intranet.mendoza.edu.ar/
- Registrarse como usuario.
- Descargar el instructivo y seguir los pasos.
Horario de Atención al Público:
Lunes a Viernes de 09:00 a 14:00.
Bono de CEBJA 2026-2027
1- DISPOSICIONES GENERALES
La documentación presentada para la emisión de Bono 2026 y 2027 se toma con carácter de Declaración Jurada, y cualquier omisión o falsedad en los datos será plausible de sanción.
La documentación únicamente se recepcionará por el sistema GEI, en el apartado BONO correspondiente (gestionar alta de usuario GEI PAD.
Es responsabilidad exclusiva de cada docente arbitrar los medios necesarios para concretar la solicitud de Bono.
La documentación presentada deberá ser escaneada del original, a color, legible en formato PDF. No se aceptará documentación ilegible, parcial, o que presente correcciones, enmiendas, o raspaduras al documento de base.
Para docentes de Primaria Común sin bono de Modalidad CEBJA – EPJA corresponderá ajustarse a la convocatoria de BONO POR PRIMERA VEZ, y obtendrá su respectivo Bono 2026-2027.
Los bonos podrán ser tramitados una sola vez por año, y pasada la convocatoria
no se aceptará ninguna otra incorporación de documentación.
El plazo para hacer reclamos por cualquiera de los bonos emitidos es de 10 días
corridos a partir de la fecha de recepción. Los mismos deberán hacerse por RECLAMOS
DE GEI. No se tomará como reclamo si el error proviene de la propia carga.
2- BONO PRIMERA VEZ
Esta solicitud conduce al otorgamiento de: BONO CEBJA 2026, para el que se tabularán títulos debidamente registrados en oficina de Títulos y documentación de respaldo posteriores a la fecha de egreso (hasta 31/12/2025 inclusive).
BONO CEBJA 2027, para el que se tabularán títulos debidamente registrados en Área de Títulos y documentación de respaldo posteriores a la fecha de egreso – y hasta 31/12/2025 inclusive-).
Para docentes de Primaria Común sin Bono CEBJA – EPJA 2026-2027, únicamente se computaran títulos y antecedentes desde el año 2015 en adelante.
2.2. DOCUMENTACION A INCORPORAR
2.2.1. CERTIFICACIONES PERSONALES
• DNI: actualizado (último, vigente) escaneado a color, anverso y reverso, con todos los datos legibles. No se aceptará captura de pantalla u otro registro indirecto como copia fiel del original.
• Constancia de CUIL.
• Declaración Jurada de Cargos oficial.
• Certificado de Único Sostén de familia del año en curso -excluyente- (obtenido mediante MENDOZA X MI, PARTIDAS DIGITALES o RNP). Para mantener el puntaje debe presentarlo en todas las convocatorias.
• Certificación como hijo/a de docente, respaldado con acta de nacimiento de cada aspirante, y bono de sueldo/certificación probatoria de padre/madre con un mínimo de 10 años de antigüedad en la docencia del progenitor.
S2.2.2. CERTIFICACIONES PERSONALES
• Títulos definitivos de Nivel Secundario y Nivel Superior que otorguen incumbencia al cargo que se postula, registrados en el Área de títulos de DGE (gestionar por la aplicación MENDOZA POR MÍ). El registro oficial también es requisito excluyente para todo título que se presente para Bono o Antecedente.
• Certificaciones de Actualización, Especialización y Diplomatura de acuerdo con la Resolución 117/10 del CFE, con número de registro correspondiente en DGE y su respectiva carga horaria:
Actualización 200 o más hs. (0.5 ptos) Especialización 400 o más hs. (0.75 ptos)
Diplomatura 600 hs. (1.00 ptos)
En caso de no cumplir con la carga horaria estipulada se considerará como otro antecedente, según la certificación presentada.
Se computará 1 (una) oferta de postítulo por año, en caso de presentar más de una se computará la que otorgue mayor puntaje.
• Cursos correspondientes al Nivel modalidad CEBJA-EPJA, y con fecha posterior al egreso de título de base.
Deben ser enviados en presentación individual, formato PDF, y escaneo a color. Se considerarán como cursos aquellos que posean número, año de Resolución y puntaje.
No se tomarán en consideración los cursos de PRECEPTOR, SECRETARIO ESCOLAR Y BIBLIOTECARIO, ya que en la modalidad de Jóvenes y Adultos emiten BONO DE PUNTAJE en las áreas 16, 17 y 18 en el Bono de Nivel Secundario
• Materias rendidas.
Materias Rendidas y aprobadas con sello y firma, con códigos QR o numéricos, correspondiente a la Institución, hasta el año 2025. -No se entregará puntaje con libretas de notas y/o similar. Materias rendidas y aprobadas de carreras incompletas, de otras carreras terciarias y universitarias: se tomarán a año vencido, es decir, al 30/12/2025.
2.2.3. ANTECEDENTES
• Deberán corresponder al Nivel modalidad CEBJA-EPJA, y con fecha posterior al egreso del título de base. Deben ser enviados en presentación individual, formato PDF, y escaneo a color).
CONGRESOS, SIMPOSIOS Y FOROS.
Si no específica se considerarán sin ponencia.
Cuando en la certificación se superponen dos denominaciones se toma la de mayor puntaje, ejemplo nacional y provincial.
ENCUENTROS, CONFERENCIAS Y JORNADAS
SERVICIOS
Se acreditarán solamente aquellos que correspondan a la modalidad CEBJA-EPJA con la certificación de servicio de GEI otorgada por la institución consignando en todos los casos fechas de inicio y finalización.
Los mismos deben estar debidamente certificados por el directivo, con firma y sello de la autoridad competente.
Se aceptarán servicios anteriores a la fecha de egreso del Profesorado.
Zona: según Decreto 250/18. Cuando el docente preste servicios en más de un establecimiento educativo en el mismo ciclo lectivo, se tomará el servicio del establecimiento de mayor zona y de más de 30 días en la misma escuela.
La Declaración Jurada no acredita servicios.
IMPORTANTE
Si se detecta algún error en la inscripción de años anteriores se enmendara teniendo en cuenta que la validez del Bono es anual, según lo que determina la LEY N° 9003 “DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS”.
Los reclamos de Bono de puntaje deben efectuarse a través de Sistema GEI.
Bono de CENS
Bono Electrónico 2018:
- Debe ingresar en: http://intranet.mendoza.edu.ar/
- Registrarse como usuario.
- Descargar el instructivo y seguir los pasos.
Horario de Atención al Público:
Lunes a Viernes de 09:00 a 14:00.
Incumbencias
La Comisión de Competencias de Títulos, creada en el ámbito de la Dirección General de Escuelas de la provincia de Mendoza mediante la Resolución 2245-DGE-2024, tiene como finalidad el relevamiento, análisis y determinación de las incumbencias de los títulos docentes, profesionales y técnicos para el ejercicio de la docencia en el nivel secundario y en la formación para el trabajo.
Su labor consiste en evaluar la correspondencia entre las titulaciones y los espacios curriculares, proponiendo la asignación, actualización, ampliación o modificación de competencias conforme a los diseños curriculares vigentes, las demandas del sistema educativo y la normativa aplicable. Asimismo, sus dictámenes constituyen la base para la elaboración de la reglamentación utilizada por las Juntas Calificadoras de Méritos, garantizando criterios claros, actualizados y equitativos en la valoración de los antecedentes docentes.
