Junta de Disciplina de Educación Secundaria

Este Cuerpo Colegiado informa que está trabajando en forma virtual, en consecuencia, no se atenderá al público. Todo tipo de comunicación se realizará por medio del correo oficial. En caso de necesitar concurrir personalmente, deberá previamente solicitar turno al correo oficial. En este caso deberá indefectiblemente concurrir con barbijo (el que deberá ser usado correctamente: tapando nariz, boca y mentón), no haber estado en contacto estrecho con pacientes de Covid-19 positivo en los últimos 14 días y no debe presentar ningún síntomas compatibles con Covid-19.

Autoridades

Presidencia: Graciela Orelogio
Miembro de Junta: Abog. Claudia Ávila
Miembro de Junta: Prof. Marisa Ruggeri

 

 

  • Las faltas del personal docente a las que les pudiera corresponder sanciones se deben ajustar a las normas establecidas por la Ley 4934/84: Estatuto del Docente y Decreto 313/85: Reglamentario de la Ley 4934 Estatuto del Docente. Según sea su carácter y gravedad, serán sancionados con medidas disciplinarias y separativas establecidas en el art. 48 de la Ley 4934 y art. 97 Decreto 313/85, previo dictamen de Junta de Disciplina (art. 108, Decreto 313/85).Las sanciones especificadas en los incisos d); e); f) y g) del artículo 48 (Ley 4934 Estatuto del Empleado Público) no podrán ser aplicadas sin sumario previo que asegure al docente el derecho de defensa. (art. 110 Decreto 313/85).
  • Según lo establece el art.125 del Decreto 313/85, corresponde a la Junta de Disciplina:
    • Instruir sumarios.
    • Dictaminar sobre apertura y clausura de sumarios.
    • Aconsejar las diligencias que consideren necesarias para la sustanciación de los sumarios.
    • Evacuar los informes que les solicite la Superioridad.
    • Aconsejar en sus dictámenes las soluciones pertinentes.
    • Proponer las reformas que consideren necesario para el perfeccionamiento del proceso sumarial.
    • Organizar el archivo necesario para el mejor cumplimiento de sus funciones.
    • Recabar directamente de las oficinas del Gobierno Escolar, antecedentes y actuaciones sumariales anteriores, referentes al personal a los fines que estime necesarios.
    • Dictaminar cuando el personal docente interpusiere recursos de apelación en subsidio, en caso de aplicarse sanciones previstas en los incisos a) b) y c) del artículo 48 del Estatuto del Docente y en las situaciones a que se refieren los artículos 49 y 50.
    • Aún en los casos en los cuales no se ordene la formación de sumario la Junta de Disciplina no podrá emitir dictámenes o conclusiones sin que conste la declaración del docente imputado, su negativa o declare su incomparecencia, previa citación de forma (Decreto 1257/87).

Según surge del Decreto 2655/09, la Junta de Disciplina para la Educación Secundaria estará conformada por diez (10) miembros, los que serán designados del siguiente modo: cuatro (4) miembros elegidos directamente por los docentes, tres (3) designados por la D.G.E (incluida la presidencia de la Junta) y tres (3) desinados por el Sindicato Unido de Trabajadores de la Educación (S.U.T.E.)

Miembros Titulares que componen este Cuerpo Colegiado:

Presidencia: Graciela Orelogio

Miembros de Junta:

Abog. Claudia Ávila
Prof. Marisa Ruggeri
Prof. María Viviana Arcanyoletti
Prof. Fabián Víctor Zapata
Prof. Claudio Fernando Rubira
Prof. Silvia Carmona
Prof. Javier Sortino
Prof. Pablo Tejada
Prof. Cecilia Hurtado

 

Para obtener un turno en JDES debe enviar la nota en formato PDF al correo oficial, con los siguientes requisitos:

  1. La nota debe ir dirigida únicamente al Banco de la Nación Argentina, Sucursal de destino. No necesita acompañar ninguna otra documentación.
  2.  Nombre, Apellido y DNI de la persona que solicita el Alta en la cuenta, cargo que ocupa y fecha de Alta en el cargo que ocupa.
  3. En caso de consignarse bajas en cuenta bancaria, la/s misma/s pude ser agregadas en la misma nota, indicándose el Nombre, Apellido y DNI de la persona que se solicita la Baja, cargo que ocupa y fecha de baja.
  4. Número de cuenta oficial del establecimiento, en el Banco.
  5. La nota debe estar firmada y sellada por el Directivo y el Supervisor, con sus respectivos sellos, también debe llevar el sello del establecimiento educativo.
  6. Se debe colocar en la nota, el número de los últimos cheques emitidos.
    Se le otorgara un turno indicándosele hora, día, lugar al que deberá concurrir, puntualmente y previa confirmación al correo. Deberá asistir con la nota con sellos y firmas en original, no escaneada. Puede concurrir con la nota para la firma cualquier persona autorizada por la institución educativa.
    Se le informa que JUNTA DE DISCIPLINA PARA LA EDUCACION SECUNDARIA no tiene atención al público, razón por la cual se le solicita concurra al turno otorgado respetándose el horario asignado, caso contrario se le otorgará un nuevo turno, el que deberá solicitarse nuevamente al correo oficial de Junta.

jdes@mendoza.edu.ar ​