La DGE dispuso la continuidad de los docentes suplentes

A través de la Resolución 7.896, rubricada por el ministro Tadeo García Zalazar, el gobierno escolar pretende optimizar la prestación del servicio educativo, en consideración de los docentes titulares con reserva de cargo, que se encuentren en uso de licencia prevista o en cambio de funciones, y de los docentes suplentes en proceso de titularización efectivamente documentado.

Este martes, la Dirección General de Escuelas (DGE), por medio de la Resolución 7.896, que lleva la firma del ministro de Educación, Cultura, Infancia y DGE, Tadeo García Zalazar, estableció la continuidad de los docentes suplentes en sus cargos para el ciclo lectivo 2024.

En ese sentido, la disposición alcanza a los docentes suplentes de Educación Inicial, Primaria, Secundaria, Permanente de Jóvenes y Adultos y Especial, Centros de Capacitación de Trabajo y Escuelas Artísticas Vocacionales, que se desempeñan en cargos y/u horas vacantes, incluidos aquellos cuya situación haya cambiado a vacante durante el transcurso del reemplazo; reemplazan a docentes titulares que hayan efectuado reserva de empleo por representación gremial, política o cargo de mayor jerarquía en la administración nacional, provincial o municipal, en uso de licencia prevista y suplentes de apoyos técnicos; reemplazan a docentes que cumplen funciones como miembros de las Juntas Calificadoras de Méritos y las Juntas de Disciplina; reemplazan a docentes que se encuentran bajo régimen de Cambio de Funciones otorgado por el Servicio de Auditoría Médica (SeAM), dependiente de la DGE, y reemplazan a docentes que se encuentran en uso de licencia hasta la efectiva presentación del docente que goza del mencionado beneficio.

La medida, además, se encuentra destinada a docentes suplentes de los niveles y modalidades anteriormente referidos que reemplazan a docentes con traslado transitorio; estén encuadradas en la ley de protección a la maternidad o la ley de protección integral para prevenir la violencia contra la mujer, cualquiera sea el origen de la suplencia; son profesionales de la Dirección de Orientación y Apoyo Interdisciplinario a las Trayectorias Escolares (DOAITE), en el marco del Programa Provincial de Protección a la Escolaridad, y reemplazan a docentes con traslado preventivo otorgado por autoridad competente.

Con todo lo anterior, el gobierno escolar pretende optimizar la prestación del servicio educativo, y es por ello que resulta necesario extender la continuidad de funciones de los y las docentes que se desempeñan en cargos y/u horas vacantes, e, inclusive, hasta tanto se hagan efectivos los concurso de ingreso a la docencia en los distintos niveles y regímenes especiales, los suplentes en cargos vacantes o en cargos cuyos titulares han reservado empleo sin goce de haberes, tendrán continuidad en sus cargos pudiendo cesar solo por presentación de un titular o informe negativo fundado de un superior jerárquico y en el caso de Nivel Superior del Consejo Directivo.

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Fuente: Prensa DGE