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Ley provincial donde se establece el régimen de ejecución de la pena privativa de la libertad para la Provincia de Mendoza, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 228 de la Ley Nacional 24660 y en un todo de conformidad a la legislación nacional, la Constitución Nacional y los Tratados Internacionales con jerarquía constitucional.
Ley Nacional 26743. Establece el derecho a la identidad de género de las personas

Programa de Merienda Saludable en todas las instituciones educativas, públicas y privadas, desde jardines maternales hasta universidades.Sus principales puntos son: Objetivo: promover hábitos alimentarios saludables en el ámbito escolar. Aplicación: abarca kioscos, expendedores de alimentos, docentes y personal escolar. Obligaciones: los kioscos deben ofrecer alimentos saludables definidos por los ministerios competentes, cumplir normas bromatológicas y exhibir el listado autorizado. Capacitación: tanto expendedores como docentes deben formarse en manipulación de alimentos y educación alimentaria. Educación: los docentes deben incorporar contenidos sobre nutrición, actividad física y salud bucal. Control: cada escuela designa un responsable sanitario del kiosco y envía datos sobre peso y talla de alumnos para el seguimiento de la salud escolar. Prohibición: no se permiten máquinas expendedoras de alimentos. Autoridad de aplicación: la Dirección General de Escuelas, a través de la Unidad de Salud Escolar.

Adhesión de la Provincia de Mendoza a la Ley Nacional 26.485 de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollan sus relaciones interpersonales.

Nueva Ley nacional de salud mental que deroga la ley 22914 y tiene por objeto asegurar el derecho a la protección de la salud mental de todas las personas, y el pleno goce de los derechos humanos de aquellas con padecimiento mental que se encuentran en el Territorio Nacional, reconocidos en los instrumentos internacionales de Derechos Humanos, con jerarquía constitucional, sin perjuicio de las regulaciones más beneficiosas que para la protección de estos derechos puedan establecer las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.