Pregunta
Pregunta
¿Cuál es el procedimiento que debe realizar la escuela si hay episodios de violencia de padres, madres, familiares u otros responsables de los alumnos hacia personal de la escuela?
Destinatario
Docente, Directivo
Respuesta
Respuesta
¿Cuáles pueden ser esos episodios a modo ilustrativo?
A modo ilustrativo se enuncian los siguientes actos:-
Conductas intimidatorias.
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Violencia Física.
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Amenazas.
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Vandalismo: deterioro o destrucción de algún elemento de propiedad del docente.
De presentarse estos episodios se propone:
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Atender entre dos personas o más, al individuo que ha ingresado a la escuela en actitud intimidante u hostil.
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No responder con agresión.
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Tratar de mantener la escena lejos de la presencia de los niños o adolescentes.
- Comunicarse con la policía o al 911 si se percibe que la agresión no puede ser desarticulada con el diálogo.
- Ser asistido y representado gratuitamente, a su solicitud, por un abogado provisto por la Dirección General de Escuelas.
Acciones sugeridas:
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Brindar atenciones de primeros auxilios y llamar al Sistema de Emergencia Médico Público o Privado
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Contener al personal de la institución que ha sido víctima de la violencia.
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Comunicar lo acontecido a las autoridades correspondientes, según línea jerárquica, a fin de tomar las medidas pertinentes en la escuela.
- Registrar lo acontecido en un acta, donde en lo posible se identifiquen testigos de la situación.
-
El personal del establecimiento, víctima de la agresión, podrá realizar la denuncia del hecho. En caso de no hacerlo, el Directivo podrá efectuar la denuncia ante la Fiscalía correspondiente.
Área de contacto
Escuela primaria: Equipo DOAITE de la Sección.
Escuela secundaria: Servicio de Orientación de la escuela.
Destinatario
Docente, Directivo, Secretario,
Materiales de referencia
- Decreto Nº 1187/2018 “Procedimiento de actuación para situaciones compatibles con abuso sexual y/o maltrato de niños, niñas y adolescentes”
- Anexo 1 del Decreto Nº 1187/2018 “Procedimiento de actuación para situaciones compatibles con abuso sexual y/o maltrato de niños, niñas y adolescentes”
- Ley Provincial N° 9054 "Defensor del Docente"