Ley Nacional 25864. Ciclo lectivo anual mínimo de ciento ochenta días (2003).
Ley Nacional 25864. Ciclo lectivo anual mínimo de ciento ochenta días (2003).
Ley Nacional 25864. Ley de garantía del salario docente y de 180 días de clases (2003)

Establecimientos en los que se imparta Educación Inicial, Educación General Básica y Educación Polimodal, o sus respectivos equivalentes. Fíjase un ciclo lectivo anual mínimo de ciento ochenta días efectivos de clase.