Ley Provincial 8247. Programa merienda saludable (2011)

Programa de Merienda Saludable en todas las instituciones educativas, públicas y privadas, desde jardines maternales hasta universidades.
Sus principales puntos son:
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Objetivo: promover hábitos alimentarios saludables en el ámbito escolar.
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Aplicación: abarca kioscos, expendedores de alimentos, docentes y personal escolar.
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Obligaciones: los kioscos deben ofrecer alimentos saludables definidos por los ministerios competentes, cumplir normas bromatológicas y exhibir el listado autorizado.
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Capacitación: tanto expendedores como docentes deben formarse en manipulación de alimentos y educación alimentaria.
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Educación: los docentes deben incorporar contenidos sobre nutrición, actividad física y salud bucal.
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Control: cada escuela designa un responsable sanitario del kiosco y envía datos sobre peso y talla de alumnos para el seguimiento de la salud escolar.
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Prohibición: no se permiten máquinas expendedoras de alimentos.
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Autoridad de aplicación: la Dirección General de Escuelas, a través de la Unidad de Salud Escolar.