Pregunta
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¿A qué edad se pueden jubilar los docentes?
Destinatario

Docente

Respuesta
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Jubilación docente ley 24.016

Requisitos:

  • Hombres: 60 años
  • Mujeres: 57 años
  • Servicios docentes: veinticinco (25) años de servicios docentes, si se acreditara que 10 de ellos, continuos o discontinuos, lo han sido frente a alumnos.

Si se acreditaran servicios docentes por un tiempo inferior al indicado precedentemente, con un mínimo de 10 años de servicios docentes, fueran o no frente de alumnos y alternadamente otros de cualquier naturaleza, se determinará el derecho estableciendo los servicios y la edad requerida en proporción al tiempo de servicios y la edad exigida para cada tipo de tareas. Se pueden presentar años de aporte de otras actividades para completar los años de servicio. Esto determinará modificaciones en el requisito de la edad.

Se podrá obtener la jubilación con sólo 10 años de servicios docente, siempre que complete 30 años de aportes. Según el tiempo desempeñado en cada actividad, se determinará la edad y años de servicios necesarios para obtener el beneficio de la ley. Sólo se aplicará cuando los 10 años de servicios docenes sean los últimos.

Este régimen comprende al personal docente: docentes de todos los niveles excepto el nivel universitario.

Área de contacto

Área/oficina: Auditaría y Control de Legalidad “Jubilaciones”

E-mail: jubilacionesdge@mendoza.gov.ar

Teléfono: 385-2780

Días y horarios de atención: Lunes a Viernes de 7:30 a 12:30 h.

Destinatario

Docente, Directivo, Secretario,