Cerca de 20.000 docentes percibirán el ítem aula

EscolaresEl adicional salarial que apunta a reconocer la labor docente frente a los alumnos ya fue liquidado con el salario de marzo. En la liquidación del próximo mes también lo recibirán los suplentes.

Ya con el aumento salarial a los docentes aprobado como ley en las dos cámaras legislativas, el Ejecutivo Provincial liquidó los haberes del mes de marzo con el ítem aula incluido. El salario de este mes con el adicional, estará disponibles el próximo jueves 31 y será percibido por cerca de 20.000 docentes titulares de toda la provincia.

Debido a los días de paro realizados en las últimas semanas, no cobrarán este ítem 10.498 agentes; mientras que 2.749 personas no lo percibirán debido a que no están encuadrados en los casos de la nueva normativa.

Debe destacarse que esta liquidación de los sueldos con los incrementos fijados por ley se ha hecho, como siempre, en base a las planillas remitidas por los directivos de cada establecimiento.

De esta forma, el número de docentes que percibirán el ítem aula será mucho mayor aún, ya que aproximadamente 20.000 suplentes lo cobrarán a fines de abril, a excepción de aquellos que hayan adherido a alguno de los días de paro.

Es decir que en adelante, el número de docentes incluidos en este adicional salarial, entre titulares y suplentes, en total es de cerca 50.000 frente a los pocos más de 2.500 que no lo hacen por estar en alguna licencia de larga duración, como gremiales o políticas o cambios de funciones y misiones especiales fuera del ámbito educativo.

Estas cifras arrojan un porcentaje que ronda el 95% de la masa salarial docente que está contemplada dentro de los casos que percibirán el ítem aula.

Nuevo sistema de reclamos

En caso de que existan errores en la liquidación, deberá iniciarse el reclamo pertinente en la delegación correspondiente, habiéndose dispuesto un nuevo sistema de reclamos, que tiende a resolver de manera más rápida y pertinente cualquier situación de error en el cómputo que se suscite de ahora en adelante.

Es importante aclarar, respecto de los docentes suplentes, que la liquidación del ítem correspondiente al mes de marzo de 2016 será percibida con la liquidación de abril, un mes después, como es habitual en los que cumplen suplencias.

¿Qué es el ítem aula?

Es un adicional salarial que apunta a reconocer la labor docente frente a alumnos, que es donde se consuma el hecho educativo en su plenitud. Es un ítem en blanco, porque es remunerativo y por lo tanto se encuentra sujeto a aportes y contribuciones previsionales, asistenciales y gremiales, además de que sí se considera para el cálculo del aguinaldo. Todos estos conceptos y los que siguen están consignados en el texto aprobado como ley por la Legislatura de Mendoza, única fuente documental legal de la aplicación del citado ítem.

El ítem aula es el 10% de la asignación de clase, estado docente, zona y antigüedad.

El ítem aula es cobrado por todos los docentes titulares y suplentes (en proporción a sus días de suplencia cuando sea temporaria), de las distintas modalidades y niveles, que estén frente a alumnos, y también por supervisores, directores, subdirectores, secretarios, preceptores, bibliotecarios.

El ítem aula se cobra durante las licencias anuales, por maternidad y por enfermedades y accidentes de trabajo y contempla hasta 3 inasistencias justificadas por mes, con un máximo de 10 anuales, en todas las licencias contempladas en la Ley 5811, como cuidado de familiar enfermo, razones particulares, fallecimiento de familiar, matrimonio, nacimiento, donación de sangre, capacitación y perfeccionamiento, exámenes o integración de mesas examinadoras.

No cobran el ítem aula las licencias gremiales, los cambios de funciones y las misiones especiales para tareas fuera del ámbito educativo, cobrándolo las misiones especiales que se ejerzan dentro del sistema educativo.

Todo caso excepcional e impredecible será considerado por la DGE, en la inteligencia de que el ítem aula busca reconocer la labor docente que efectivamente protagoniza el hecho educativo y de ningún modo castigar a quien padece una situación extraordinaria e inesperada.

Fuente: Prensa DGE

0 0 votos
Votando