Trámite:
Licencias por maternidad Art. 54 Ley 5811
Aplica a cualquier agente, cualquiera sea la situación de revista.
Corresponden los siguientes días de licencia:
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- Ciento veinte (120) días corridos.
- Ciento veinte (120) días corridos desde el alta hospitalaria para el nacimiento prematuro.
- Ciento ochenta (180) días corridos, en caso de nacimientos múltiples.
- Ciento ochenta (180) días corridos, para el caso de que el/la recién nacido/a con discapacidad necesite mayor atención física y/o psicológica, según lo determine la reglamentación.
Destinatario
Docente, No Docente
Modalidad
Virtual
Tipo de trámite
Personal
¿Qué se necesita?
¿Qué se necesita?
- Datos personales completos: Nombre y Apellido, DNI, N° de escuela/s, en caso de corresponder.
- Certificado médico prenatal.
- Informe de primera y última ecografía.
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Si está de licencia por artículo 40, la última licencia otorgada por OSEP.
Procedimiento
Procedimiento
Para tramitar la licencia por maternidad art. 54 se deberá enviar correo con la documentación a dge-juntamedica@mendoza.edu.ar.
Área de contacto
Área/oficina: Salud Laboral ( SEAM)
E-mail: dge-juntamedica@mendoza.edu.ar
Teléfono: 261 5964038
Días y horarios de atención: Lunes a Viernes de 8:00 a 13 h.
Materiales de referencia
¿Cuánto tiempo aproximado lleva el trámite hasta su finalización?
Dentro de las 96 hs hábiles de enviado el mail completo, recibirá la licencia médica en su correo.