Normativa Dirección Secundaria

Resolución 708-DGE. Auxiliares docentes (2016)

Formación y perfeccionamiento de los cargos auxiliares docentes de Preceptor, Bibliotecario y Secretario, con un instrumento normativo habilitante que oriente y regule acciones específicas

Resolución 3018-DGE. Inscripción y resolución de Equivalencias (2015)

Resolución de Ia Dirección de Escuelas sobre la reglamentación sobre inscripción y resolución de Equivalencias de Estudios Completos e Incompletos de Ciclo Básico y Ciclo Orientado de los/as alumnos/as de establecimientos dependientes de la Dirección de
Educación Secundaria, Dirección de Educación Técnica y Trabajo, Dirección de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos y Direcci6n de Educación Privada.

Resolución 2512-DGE. Horario bibliotecarios (2011)

Resolución de la Dirección de Escuelas donde se fija la carga horaria semanal de los bibliotecarios, en los establecimientos de gestión estatal dependientes de la Dirección General de Escuelas en 22,30 hs. reloj (veintidós horas treinta minutos reloj ) semanales, a partir del ciclo lectivo 2012.

Resolución 1093-DGE. Horas proyecto directivo (2011)

Resolución de la Dirección de Escuelas para afectar a partir del1° de Junio de 2011, hasta 12 (dote) horas cátedra del total de horas titulares que posee el Director para garantizar la implementación de la obligatoriedad del Nivel en la institución que conduce y deben
ser destinadas a la elaboración, coordinación, monitoreo y evaluación de los Planes de Mejora Institucionales.

Ley Provincial 8247. Programa merienda saludable (2011)

Programa de Merienda Saludable en todas las instituciones educativas, públicas y privadas, desde jardines maternales hasta universidades.
Sus principales puntos son:

  • Objetivo: promover hábitos alimentarios saludables en el ámbito escolar.

  • Aplicación: abarca kioscos, expendedores de alimentos, docentes y personal escolar.

  • Obligaciones: los kioscos deben ofrecer alimentos saludables definidos por los ministerios competentes, cumplir normas bromatológicas y exhibir el listado autorizado.

  • Capacitación: tanto expendedores como docentes deben formarse en manipulación de alimentos y educación alimentaria.

  • Educación: los docentes deben incorporar contenidos sobre nutrición, actividad física y salud bucal.

  • Control: cada escuela designa un responsable sanitario del kiosco y envía datos sobre peso y talla de alumnos para el seguimiento de la salud escolar.

  • Prohibición: no se permiten máquinas expendedoras de alimentos.

  • Autoridad de aplicación: la Dirección General de Escuelas, a través de la Unidad de Salud Escolar.