
Resolución 235-CyE. Carga horaria nivel secundario (1990)
Resolución 235 del Ministerio de Cultura y Educación, donde se dispone que la hora cátedra en todos los establecimientos secundarios será de (40) cuarenta minutos.

Resolución 235 del Ministerio de Cultura y Educación, donde se dispone que la hora cátedra en todos los establecimientos secundarios será de (40) cuarenta minutos.

Resolución de la Dirección General de Escuelas donde se determina que la duración de la hora de clase de Docente de Materias Especiales, será de (60) minutos, se desempeñe el docente en cargo o en hora cátedra

Establecer las pautas sobre el funcionamiento de los comedores escolares en Educación Especial.

Resolución del Ministro de Cultura y Educación en forma conjunta con la Dirección General de Escuelas, establecen normas para determinar el criterio a seguir en la imposición de nombre de los Establecimientos Escolares

Disponer de medidas para preservar la salud física de la población escolar. Facultar a los directores de escuelas primarias y secundarias para que, conforme a su criterio y clima reinante reemplacen las actividades al aire libre por clases adecuadas a la materia en cuestión.

Descargar normativa

Establecer que el horario diario a cumplir en las escuelas de enseñanza común de nivel Primario de la DGE, sea de cuatro horas treinta minutos por turno y la duración de la hora de clase por semana de sesenta minutos.

El Ministerio de Cultura y Educación aprueba el reglamento general para las Escuelas Dependientes de la Dirección de Educación
Media de la Provincia.

Aprobar el Reglamento General para las Escuelas Dependientes de la Dirección de Educación Media de la Provincia que corre agregado y forma parte integrante de la presente Resolución

Aprobar el reglamento de Asociaciones Cooperadoras elevado por la Comisión de Legislación Escolar y con sanción aprobada del Cuerpo Técnico de Inspección.