Ciclo lectivo 2023: las clases comenzarán el lunes 27 de febrero

Esta fecha corresponde a todos los niveles y modalidades, tanto de gestión estatal como privada. Los docentes comenzarán las actividades el 6 de febrero y los estudiantes con trayectorias débiles contarán con apoyo pedagógico desde el 9 de febrero.

La Dirección General de Escuelas comunica que ha dispuesto por medio de la resolución 8.196 las fechas básicas que regirán el Calendario Escolar 2023 con el fin de organizar y planificar el próximo ciclo lectivo.

De esta manera se establece que los estudiantes de todos los niveles y modalidades comenzarán las clases el 27 de febrero del 2023.

Además se estableció que el 1 de febrero se realizará el acto de presentación de los lineamientos políticos y pedagógicos a cargo del director General de Escuelas junto a su equipo de trabajo.

El 2 y 3 de febrero se deberán presentar en las instituciones los directores y también se desarrollarán las jornadas directivas.

El 6 de febrero comenzará la actividad docente y el 9 de febrero se inician las actividades con los estudiantes que han registrado necesidades de fortalecimiento pedagógico.

Para el ciclo lectivo 2023 queda establecido que el receso invernal es del 10 al 21 de julio. La finalización de clases será el 15 de diciembre, pero queda sujeta a modificación.

El 19 de diciembre del 2023 será la finalización de actividades docentes, tanto de titulares, suplentes y titulares no jerárquicos.

Los directores finalizarán sus actividades el 21 de diciembre y los supervisores el 22 de diciembre del 2023.

Días de clases y jornadas institucionales

Cabe recordar que el Consejo Federal de Educación emitió la Resolución CFE Nº 431/2022 por la cual acordó que el Calendario Escolar del año 2023 deberá contar con al menos ciento noventa (190) días de clases. Por este motivo la DGE ha diseñado un ciclo lectivo dando cumplimiento a lo aprobado por unanimidad entre todos los ministro de Educación del país.

Sin embargo, la cantidad exacta será confirmada una vez que el Ministerio del Interior de la Nación emita el Decreto Nacional con el detalle de los feriados nacionales trasladables y puentes turísticos. Debido a que hasta el día de la fecha de la publicación de esta resolución no lo ha emitido, sólo es posible emitir una norma con las fechas básicas, tomando -consecuentemente- la decisión de facultar a la Subsecretaría de Educación para emitir la norma correspondiente cuando el Decreto Nacional se encuentre publicado.

Por otra parte, esta normativa indica que deben implementarse Jornadas Institucionales destinadas al desarrollo profesional docente situado y a la evaluación institucional participativa de acuerdo con las fechas y las modalidades que se dispongan en el transcurso del Ciclo Lectivo 2023.

La presente resolución también permite a la Subsecretaría de Educación a dictar las normas y disposiciones legales que correspondan con el objeto de completar y complementar las fechas básicas aprobadas en el artículo primero debiendo especificar las actividades correspondientes de los niveles y modalidades a su cargo.

En caso de requerirse, se podrán modificar las fechas básicas aprobadas en esta resolución para ajustarse al cumplimiento de las normativas que regulan la cantidad de días de clases y para garantizar el derecho a la educación de los estudiantes.

Resolución 8.196 y su anexo correspondiente:

Resolución-8196-DGE -Aprobación de Fechas Básicas del Calendario Escolar 2023

Anexo-Fechas básicas que regirán el Calendario Escolar 2023

Anexo-calendario-escolar-2023


Fuente: Prensa DGE