No es necesaria la presentación del certificado de buena conducta

Solamente lo deberán gestionar las personas que por primera vez ingresarán a trabajar dentro del sistema educativo.

La Dirección General de Escuelas comunica que todo el personal docente y no docente que presten servicio en cualquiera de sus niveles y modalidades de gestión estatal, no será necesaria la presentación de certificado de antecedentes penales ni de certificado de buena conducta.

Por este motivo, se aclara que no deben gestionar dicha documentación, atento a que no es necesaria y no ha sido requerida por la autoridad competente.

Si será necesario presentar el certificado de antecedentes penales y el de buena conducta para el personal docente y no docente (celadores) que ingresen por primera vez al sistema educativo.

Aquellas personas que comiencen su trámite para armar su legajo por primera vez deberán presentar la documentación necesaria para poder computar la antigüedad.

El certificado de antecedentes penales y buena conducta se presentan junto al formulario de planilla de datos personales que se entrega en la oficina de Legajos de Casa de Gobierno o en las delegaciones regionales.

Fuente: Prensa DGE