Normativa Dirección Inicial

Ley Provincial 8247. Programa merienda saludable (2011)

Programa de Merienda Saludable en todas las instituciones educativas, públicas y privadas, desde jardines maternales hasta universidades.
Sus principales puntos son:

  • Objetivo: promover hábitos alimentarios saludables en el ámbito escolar.

  • Aplicación: abarca kioscos, expendedores de alimentos, docentes y personal escolar.

  • Obligaciones: los kioscos deben ofrecer alimentos saludables definidos por los ministerios competentes, cumplir normas bromatológicas y exhibir el listado autorizado.

  • Capacitación: tanto expendedores como docentes deben formarse en manipulación de alimentos y educación alimentaria.

  • Educación: los docentes deben incorporar contenidos sobre nutrición, actividad física y salud bucal.

  • Control: cada escuela designa un responsable sanitario del kiosco y envía datos sobre peso y talla de alumnos para el seguimiento de la salud escolar.

  • Prohibición: no se permiten máquinas expendedoras de alimentos.

  • Autoridad de aplicación: la Dirección General de Escuelas, a través de la Unidad de Salud Escolar.

Ley 26206. Ley Nacional de Educación (2006)

Disposiciones Generales. Sistema Educativo Nacional. Educación de Gestión Privada. Docentes y su Formación. Políticas de Promoción de la Igualdad Educativa. Calidad de la Educación. Educación, Nuevas
Tecnologías y Medios de Educación. Educación a Distancia y no Formal. Gobierno y Administración. Cumplimiento de los Objetivos de la Ley. Disposiciones Transitorias y Complementarias.

Ley Nacional 26150. Educación Sexual Integral (2006)

Establécese que todos los educandos tienen derecho a recibir educación
sexual integral en los establecimientos educativos públicos, de gestión
estatal y privada de las jurisdicciones nacional, provincial, de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipal. Creación y Objetivos de
dicho Programa.